Telemedicina habilitada y conforme a la norma colombiana

Telemedicina Laniakea·Care: atención remota con respaldo clínico, legal y tecnológico

Plataforma de telemedicina diseñada para el marco colombiano (Res. 2654 de 2019, Ley 1419 de 2010): videoconsulta segura, teleexperticia entre profesionales, telemonitoreo de pacientes crónicos e historia clínica interoperable. Pensada para IPS, hospitales y profesionales independientes que quieren prestar a distancia sin perder trazabilidad ni cumplimiento.

Probar demoComenzar gratis →
Res. 2654 de 2019 · Ley 1419 de 2010 · Interoperabilidad de HC · IA supervisada
Las seis modalidades, en una sola plataforma

Teleconsulta, teleexperticia, telemonitoreo y más

Teleconsulta interactiva

Atención sincrónica entre el profesional y el usuario mediante videollamada en tiempo real, con la misma rigurosidad clínica de una consulta presencial: identificación del paciente, consentimiento, registro en historia clínica y prescripción. La modalidad central de la telemedicina del día a día.

Teleexperticia

Un profesional o IPS remisora solicita la opinión de un especialista a distancia para apoyar el diagnóstico o el plan de manejo del paciente, sin que este tenga que desplazarse. Ideal para resolver casos complejos desde el primer nivel y acercar la especialidad a zonas dispersas. Queda registrada con trazabilidad completa en la historia clínica.

Telemonitoreo

Seguimiento continuo de parámetros clínicos del paciente (signos vitales, evolución de crónicos) a distancia, para detectar a tiempo descompensaciones y reducir reingresos. Especialmente útil en hipertensión, diabetes y posoperatorios, permitiendo priorizar la atención remota cuando es clínicamente equivalente a la presencial.

Teleorientación

Componente de telesalud: orientar al usuario o a su familia sobre temas relacionados con su salud, dudas de cuidado o uso de los servicios, a distancia y de forma segura. Descongestiona los puntos de atención presencial y mejora la oportunidad.

Teleapoyo

Soporte solicitado por un profesional de la salud a otro, a distancia, para resolver dudas durante la atención. Fortalece la red asistencial y eleva la resolutividad de los equipos en territorio sin necesidad de trasladar al paciente.

Teleconsulta no interactiva

Comunicación a distancia que no requiere respuesta inmediata: el usuario o el profesional comparten información clínica (imágenes, exámenes, datos) que se valora cuando corresponde. Útil para flujos que no exigen tiempo real sin sacrificar seguridad ni trazabilidad.

Profesionales independientes

Habilítate y atiende a distancia con respaldo clínico, legal y técnico

La regulación colombiana de telemedicina abre la puerta a que los profesionales de la salud independientes presten servicios remotos de forma organizada, cumpliendo las condiciones del Sistema Único de Habilitación. Lo que durante años fue una zona gris —especialistas atendiendo desde casa o a través de plataformas digitales sin una estructura clara— avanza hacia un modelo formal donde tu práctica remota es habilitable, trazable y reconocida.

LaniakeaCare te da la infraestructura para operar dentro de ese marco: agenda y videoconsulta seguras, historia clínica electrónica, consentimiento informado, prescripción y registro de cada atención. En vez de improvisar con herramientas sueltas, ejerces sobre una plataforma pensada para el cumplimiento.

  • Videoconsulta y agenda propias, sin depender de canales no aptos para datos clínicos.
  • Historia clínica e información del paciente bajo tu control, con trazabilidad de cada acto.
  • Soporte para operar como prestador organizado de telemedicina, no como simple intermediario.
  • Pensado para que un especialista pueda atender pacientes de varias regiones desde un solo lugar.
Nodos de referencia y contrarreferencia

Tu red de telemedicina conectada de extremo a extremo

La telemedicina colombiana se estructura sobre el flujo entre quien inicia la atención y quien aporta la capacidad resolutiva especializada. En el esquema clásico de la Resolución 2654 de 2019 hablamos de prestador remisor y prestador de referencia; la norma que viene lo moderniza hacia una arquitectura de nodos: nodo de servicio remisor (donde empieza la atención), nodo de servicio de referencia (el centro especializado remoto) y nodo de referencia exclusivo (ambientes dedicados solo a telemedicina).

A esto se suma la figura del punto de enlace en telemedicina para entornos comunitarios, territoriales o domiciliarios, que amplía el acceso en municipios rurales con condiciones básicas de infraestructura y conectividad. LaniakeaCare conecta estos roles en un mismo flujo: la IPS o el punto remisor solicita, el centro de referencia resuelve, y la referencia y contrarreferencia quedan documentadas de extremo a extremo.

  • Flujo de referencia / contrarreferencia trazable entre remisor y referencia.
  • Soporte a modelos de nodos para IPS, hospitales y redes integradas.
  • Acceso en zonas dispersas sin exigir que cada punto físico cargue con habilitaciones complejas.
  • Contrarreferencia con devolución de concepto y plan de manejo al punto de origen.
Inteligencia artificial clínica

IA con el médico siempre al mando

La IA es ya parte de las plataformas de telemedicina, y la regulación colombiana la está encuadrando con reglas claras: puede usarse como apoyo en actividades de telesalud y telemedicina, pero siempre bajo supervisión humana permanente, con trazabilidad documentada, validación de algoritmos, datos de entrenamiento de calidad y mecanismos para prevenir sesgos. El talento humano conserva el control sobre la decisión clínica y puede revisar, validar o rechazar las recomendaciones de la herramienta.

La IA de LaniakeaCare se diseña bajo esa filosofía: asiste al profesional —resúmenes, apoyo documental, organización de la información— sin sustituir el criterio médico. Y tenemos presente que cualquier funcionalidad con carácter diagnóstico o de soporte a la decisión clínica que se clasifique como dispositivo médico debe contar con el aval correspondiente del Invima, por lo que el diseño separa con claridad el apoyo administrativo del acto clínico regulado.

  • IA como copiloto del profesional, nunca como reemplazo de la decisión clínica.
  • Supervisión humana, trazabilidad y registro de cada recomendación.
  • Conciencia regulatoria: lo que es dispositivo médico se trata como dispositivo médico (Invima).
  • Foco en reducir carga administrativa para devolver tiempo a la atención.
Cumplimiento por diseño

Seguridad, interoperabilidad y datos protegidos

La norma es explícita en que los canales informales como WhatsApp y redes sociales no cumplen los requisitos para el intercambio de información clínica: se exigen plataformas licenciadas con seguridad, autenticación y trazabilidad. LaniakeaCare nace cumpliendo ese estándar, con historia clínica electrónica orientada a la interoperabilidad obligatoria que pide el marco colombiano.

Esto protege al prestador y al paciente: cada atención queda registrada, la información es accesible para la continuidad del cuidado y la modalidad remota deja de ser un riesgo para volverse un activo auditable y defendible ante auditoría y glosa.

  • Plataforma con autenticación, seguridad y trazabilidad, en lugar de canales no aptos.
  • Historia clínica electrónica orientada a interoperabilidad y registro de atenciones.
  • Soporte a la generación de RIPS y a la documentación que exige la auditoría.
  • Datos clínicos protegidos de extremo a extremo.
Lo que viene en la regulación

Una telemedicina más fuerte y mejor habilitada

La nueva normativa moderniza el marco vigente. Construimos LaniakeaCare para que estés listo cuando estos cambios entren en vigor.

La norma que viene buscaría derogar la Resolución 2654 de 2019 y pasar de un modelo de prestadores remisores y de referencia a una arquitectura de servicios habilitables por nodos (remisor, de referencia y de referencia exclusivo).

Se incorporaría la figura del punto de enlace en telemedicina para entornos comunitarios, territoriales y domiciliarios, ampliando el acceso rural sin exigir habilitación adicional al lugar físico.

Las EPS no podrían objetar (glosar) servicios exclusivamente por la modalidad de prestación: solo por pertinencia clínica, codificación o habilitación, fortaleciendo la legitimidad de la atención remota.

El usuario podría priorizar la atención por telemedicina sobre la modalidad intramural cuando sea clínicamente equivalente.

Interoperabilidad de la historia clínica electrónica como requisito obligatorio, con registro de atenciones, acceso a la información clínica y trazabilidad.

Regulación explícita de la IA clínica: supervisión humana permanente, validación de algoritmos, prevención de sesgos y aval del Invima para funcionalidades que constituyan dispositivo médico.

Exclusión de canales informales (WhatsApp, redes sociales) para el intercambio de información clínica, a favor de plataformas licenciadas y seguras.

Umbrales mínimos de conectividad por modalidad y apertura a telemedicina transnacional vía IPS colombianas, con un periodo de transición previsto para armonizar las habilitaciones vigentes.

Lleva tu telemedicina al estándar que exige Colombia

Ya seas un hospital, una IPS o un profesional independiente, LaniakeaCare te da la plataforma para prestar telemedicina conforme a la norma: videoconsulta segura, teleexperticia, telemonitoreo, historia clínica interoperable e IA con el médico al mando. Agenda una demostración y descubre cómo habilitar tu atención remota sin renunciar al cumplimiento.

Probar demoComenzar gratis →